miércoles, 8 de octubre de 2014

El derecho a la vida.



“Jurídicamente la noción de vida involucra varios aspectos; la vida humana en sus formas corporales y psíquicas, la vida social de las personas por medio de la cual estos realizan obras en común y la vida de la naturaleza que relaciona a los seres humanos con las demás especies vivientes. Entonces cuando este derecho es regulado son tomados en cuenta estos tres aspectos que, aunque están divididos, se toman como un todo al momento de ser reguladas, es decir, el correcto cumplimiento de estos tres puntos dentro de lo que representa el respeto por este derecho hacen que el ser humano no solo sobreviva (que tenga funciones vitales, sino que viva plenamente, que sugiera una integridad).

“Todo ser humano hace su propio plan sobre su destino en el mundo. Están las habilidades que quiere aprender, están el honor y la paz, que espera obtener de aquellas, felicidad duradera en la vida conyugal y una larga lista de placeres y proyectos completan la figura de una linterna mágica

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